Analizamos cómo prevenir el fraude alimentario cumpliendo con los principales protocolos de gestión de la seguridad alimentaria de IFS, BRC y FSCC 22000.

La prevención del fraude alimentario, como las retiradas y recuperaciones de un alimento en la cadena de suministro, están legisladas y aseguradas gracias a la implantación de sistemas de seguridad alimentaria y planes de mitigación de fraude alimentario en todas las empresas alimentarias.

Las alertas alimentarias afectan a la seguridad alimentaria de un alimento y protegen a los consumidores ante los fraudes alimentarios.

Por ello, cualquier proveedor de la cadena de suministro de un alimento debe garantizar la prevención del fraude alimentario, y además debe pasar el control oficial de la calidad de los alimentos que realiza su comunidad autónoma, en España, o el organismo competente en cualquier otro país.

¿Qué se conoce como Fraude alimentario?

No existe una definición oficial y consensuada de Fraude Alimentario, pero si unos incumplimientos en las fases de producción, etiquetado o venta de sus productos. Para que se pueda demostrar que una empresa ha cometido fraude alimentario deben darse las 4 circunstancias siguientes:

  • Violación de la legislación de la UE.
  • Intencionalidad.
  • Obtención de un beneficio económico o financiero.
  • Engaño al consumidor

Según IFS Food versión 7 el fraude alimentario se define como:

“Acto deliberado e intencional de sustitución, adición, falsificación o malinterpretación de los alimentos, materias primas o envases alimentarios, etiquetado, información del producto o declaraciones falsas o confusas hechas sobre un producto que esté en el mercado para obtener beneficio económico. Esta definición es aplicable también a los procesos subcontratados”.

Según BRC Food edición 9 se define como:

“Sustitución, dilución o adición fraudulentas o intencionadas a un producto o materia prima, o declaración fraudulenta del producto o material con el fin de obtener beneficios económicos incrementando el valor aparente del producto o reduciendo su coste de producción”.

Según FSSC 22000 el fraude alimentario se define como:

“Denominación colectiva que engloba la sustitución, alteración, presentación engañosa y adición de sustancias a los alimentos/piensos, a los ingredientes de alimentos/piensos o a los empaques para alimentos/piensos, a los etiquetados y a la información del producto; o las declaraciones falsas acerca de un producto hechas con el fin de obtener un beneficio económico y que pueden tener consecuencias en la salud de los consumidores”

Los esquemas de certificación reconocidos por GFSI de mayor relevancia a nivel mundial y que incorporan requisitos relativos al Fraude Alimentario son:

  • IFS
  • BRC
  • FSSC 22000

Tipos de Fraude Alimentario

DILUCIÓN
  • Productos diluidos con agua no potable / insegura.
  • Aceite de oliva diluido con aceite de árbol de té potencialmente tóxico.
SUSTITUCIÓN
  • Aceite de girasol parcialmente sustituido por aceite mineral.
  • Proteína hidrolizada de suero, en leche.
OCULTACIÓN
  • Aves de corral inyectadas con hormonas para ocultar enfermedades.
  • Colorante alimentario no autorizado, aplicado a fruta fresca para cubrir defectos.
ETIQUETADO INCORRECTO
  • Caducidad, procedencia (origen).
  • Anís estrellado japonés etiquetado como anís estrellado chino.
  • Aceite de cocina reciclado, mal etiquetado.
COMPRA DE PRODUCTOS NO OFICIALES/ROBO(PRODUCTO NO CONFORME
  • Productos de campos o granjas no autorizadas.
  • Venta de producto no conforme dedicado a venta.
  • Venta de producto de exceso.

Marco legal en materia de Prevención del Fraude Alimentario

A nivel de Unión Europea:

A nivel estatal:

Reglamento 178/2002

Artículo 8: Protección de los intereses de los consumidores.

La legislación alimentaria tendrá como objetivo proteger los intereses de los consumidores y ofrecerles una base para elegir con conocimiento de causa los alimentos que consumen.

Su objetivo será prevenir:

  • Las prácticas fraudulentas o engañosas.
  • La adulteración de los alimentos.
  • Cualquier otra práctica que pueda inducir a engaño al consumidor.

Reglamento 1169/2011

Establece las bases para asegurar un elevado nivel de protección en relación a la información facilitada al consumidor para que este pueda elegir libremente y de forma segura.

Reglamento 2017/625

Incorpora novedades como la gestión del Fraude Alimentario y control por parte de las Autoridades Competentes.

Ley 28/2015

Objetivo: actualizar, armonizar y adaptar la legislación nacional en materia de calidad alimentaria a la UE en relación a los controles en la comercialización de los alimentos y la lucha contra el fraude alimentario.

 ¿Cómo abordar la Prevención del Fraude Alimentario?

1- Formación del equipo Food Fraud.

Este equipo será multidisciplinar y deberá integrar, entre otros, :

  • Representante/s de compras (personal vinculado directamente con la compra de producto).
  • Representante/s de logística.
  • Representante/s técnico (de producto, de proceso, de envasado, de laboratorio, técnico de Calidad, …).
  • Representantes del departamento de Calidad.
  • Representantes del departamento comercial.

Todos los miembros del equipo estarán capacitados en técnicas de evaluación de vulnerabilidad de fraude de producto. Es decir, todo el equipo Food Fraud estará formado en el “Plan de mitigación de fraude implantado en la industria alimentaria”.

Se definirán:

  • Funciones y responsabilidades de los miembros del equipo, claramente definidas.
  • El equipo debe contar con el apoyo total de la alta dirección de la compañía.
  • El equipo debe mantener un compromiso para la mejora continua del proceso.
  • El programa de auditorías internas debe incluir la revisión de las actividades del equipo

2- Identificar el riesgo potencial de fraude de producto

3- Realizar el Análisis de vulnerabilidad de fraude de producto y Análisis de vulnerabilidad de fraude por proveedor.

4- Desarrollar el Plan de Mitigación de Fraude alimentario de la empresa.

5- Implementar y monitorizar el Plan de Mitigación de fraude alimentario. 

6- Revisar y actualizar el Plan de mitigación de fraude. Como mínimo anualmente y ante cualquier cambio que pueda influir, como el precio de los productos de estudio.

Auditoría del Plan de Mitigación de Fraude Alimentario

¿Qué preguntas puede realizar el auditor de certificación sobre Plan de Mitigación de Fraude alimentario?

Uno de los requisitos que evalúa el auditor de certificación es el Plan de Mitigación de Fraude Alimentario. Según nuestra experiencia durante más de 15 años, las preguntas más frecuentes y habituales del auditor de certificación son:

  • ¿Quiénes son los miembros del equipo de evaluación de fraude alimentario?
  • ¿Cómo han sido formados los miembros del equipo?
  • ¿Están claramente definidas las responsabilidades y funciones del equipo?
  • ¿Cómo apoya la dirección al equipo de evaluación?
  • ¿Cómo se evidencia las fuentes de datos consultadas en materia de alertas alimentarias relacionadas con el fraude?. ¿Existen un listado de fuentes consultadas?
  • ¿Cuál es la metodología definida para la evaluación de la vulnerabilidad de los productos de estudio?
  • ¿Cuál es la metodología definida para la evaluación de la vulnerabilidad de los proveedores?
  • ¿Están todas las materias primas, ingredientes, envases y procesos subcontratados sujetos a la evaluación de la vulnerabilidad al fraude?
  • ¿Existe un plan de mitigación de fraude alimentario?
  • ¿Cuáles son las medidas de control aplicadas para mitigar los riesgos de fraude identificados?
  • ¿Se aplican dichas medidas de control?
  • ¿Se revisa el plan de mitigación de fraude?
  • ¿Se revisa la eficacia del plan de mitigación de fraude alimentario?

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